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2.- Las presentes normas anulan las publicadas en fechas
anteriores y se publicarán en el
"Boletín Oficial del Estado".
3.- A todos los efectos de los concursos de pronósticos
de la Apuesta Deportiva, sin perjuicio
de lo indicado en el artículo 116 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común en materia de
recursos, las reclamaciones, telegramas y demás
comunicaciones se dirigirán a Loterías
y
Apuestas del Estado, calle Guzmán el Bueno, número
137, 28003 Madrid, en donde radica
su domicilio legal.
Madrid, 22 de julio de 2005
EL DIRECTOR GENERAL
P.S. EL DIRECTOR DE PRODUCCION
(art. 8 del anexo, R.D. 2069/1999 de 30-12)
Fdo.: Juan Antonio Cabrejas García
Información facilitada por ONLAE.
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