TITULO
V
Capítulo Primero
CELEBRACION DE LOS CONCURSOS
36ª. El concurso para determinar los acertantes
se basa en los resultados obtenidos en los
partidos de fútbol que Loterías y Apuestas
del Estado ha determinado para esa jornada con
un orden en base al cual son pronosticados y posteriormente
escrutados.
37ª. 1.- Serán nulos a efectos de estas
normas los resultados de los partidos incluidos en el
concurso que se inicien antes de las quince horas del
día inmediato anterior a la fecha de la
jornada o después de las veinticuatro horas del
día inmediato posterior a la fecha de la
jornada. Las horas son referidas siempre a la hora oficial
peninsular.
2.- Si no pudiera determinarse el número total
de resultados el concurso se resolverá
aplicando lo establecido en la norma 38ª para obtener
el resultado de aquellos partidos que
no lo betandwin tuvieran determinado.
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